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Se hizo la luz para tu factura de electricidad

Tarifas de Acceso de Electricidad (Alta Tensión)

Publicado el 17 enero, 2015 Escrito por Javier 46 comentarios

Tarifas de acceso Alta Tensión

Como ya vimos en el artículo equivalente para Baja Tensión (BT), las tarifas de acceso de electricidad consisten en una clasificación de los suministros eléctricos para los hogares, negocios o industria, atendiendo a sus niveles de tensión, potencia contratada y características de los consumos por horario.

Llega el momento de describir las tarifas de acceso de Alta Tensión (AT), así como sus particularidades existentes en la actualidad.

Aunque ya lo tratamos, no está de más recordar que las tarifas de acceso se componen de un término de potencia contratada y de un término de energía activa o consumo.

TARIFAS DE ALTA TENSIÓN

La Alta Tensión se utiliza, según lo que pudimos ver en el artículo del sistema eléctrico, para el transporte de electricidad entre largas distancias, desde las centrales de generación hasta los núcleos urbanos, reduciendo las pérdidas de energía, y también para la distribución una vez nos acercamos a los principales puntos de consumo y en zonas rurales.

Bajo el término de Alta Tensión se engloba cualquier nivel de voltaje superior a 1.000 V (ó 1 kV). En las redes de distribución usualmente se utilizan valores de 20-30 kV y en las redes de transporte sobre 132-220 kV o incluso superiores.

Por tanto, en determinados emplazamientos, la única red disponible a la que podemos conectar nuestro suministro de electricidad es una red de transporte o distribución, es decir, de Alta Tensión, como sucede por ejemplo en ciertos polígonos industriales, aldeas, fábricas, regadíos, etc. e, incluso, si se demanda una gran cantidad de electricidad, este nivel de tensión será la única opción posible, debiendo de contar, luego, con transformadores propios para reducir el voltaje a determinados usos, como iluminación y tomas generales del local.

Según el nivel de tensión de la red de transporte o distribución a la que esté conectado el suministro hay varias tarifas de acceso de Alta Tensión, son:

Tarifa 3.1 A

Son aquellas cuya potencia contratada es igual o inferior a 450 kW y el nivel de tensión de la red de AT a la que está conectado el suministro es inferior a 36 kV. Tienen tres periodos en el término de energía y, también, en el de potencia, lo que permite seleccionar el valor a contratar en cada periodo, según nuestra demanda de energía, respetando siempre, y por imperativo legal, que la potencia contratada del último periodo (P3) sea mayor o igual que la del periodo P2 y ésta, a su vez, mayor o igual que la del periodo P1, habiendo de estar todos por debajo de 450 kW. El horario de los periodos, en potencia y energía, es el que sigue:

Tarifas de acceso 3.1 A

La estación de verano a efectos del calendario eléctrico es el plazo comprendido entre el cambio de hora del último domingo de marzo y el cambio de hora del último domingo de octubre, siendo la de invierno la contraria. A su vez, los días festivos son los de ámbito nacional definidos como tales en el calendario oficial del año correspondiente, excluidos tanto los festivos sustituibles como los que no tienen fecha fija, y que se pueden ver en la web pública del Operador del Mercado (OMIE).

El ciclo de lectura de las tarifas de acceso 3.1 A es mensual y la potencia contratada se mide con los conocidos como maxímetros, por lo que la potencia a facturar depende de esta medición, siempre con un mínimo que aunque se no se alcance no reducirá la potencia a facturar y un máximo a partir del cual, si lo excedemos, tendremos una penalización bastante elevada en la facturación de la potencia.

Dentro de esta tarifa de acceso hay varios tipos de consumidores, especialmente agrícolas, como mataderos, regadíos, cortijos, etc. Los cuales, por su situación, solo tienen acceso a un tendido de la red de distribución para recibir electricidad.

Realmente, como la mayor parte de los consumos de las tarifas 3.1 A se realizan en Baja Tensión, los propietarios de los mismos deben instalar un transformador que reduzca el nivel de voltaje de AT a BT de su propiedad, situando el equipo de medida en la parte de Baja Tensión y abonando unas pérdidas variables en la facturación de nuestro comercializador, pactadas con la compañía distribuidora y que suelen ser del 4% de las lecturas, tanto en potencia como en energía, más unas pérdidas fijas en energía según las características técnicas del transformador.

Tarifas 6.X

Tienen seis periodos en el término de energía y, también, en el de potencia, permitiendo, al igual que en la tarifa 3.1 A, seleccionar el valor a contratar en cada periodo, según nuestras necesidades de energía, con el mismo imperativo legal de respetar que la potencia contratada de un periodo sea mayor o igual al periodo inmediatamente anterior, es decir, Potencia P6 > ó = P5 > ó = P4 > ó = P3 > ó = P2 > ó = P1.

Dentro de este grupo hay una división entre las siguientes tarifas de acceso:

  • 6.1: Hasta el 31 de diciembre de 2014, se trataba de una tarifa complementaria a la 3.1 A, ya que estaba destinada a los mismos niveles de tensión (inferior a 36 kV), pero con una potencia mayor de 450 kW en uno o más de los periodos. A partir del 1 de enero de 2015 se ha subdividido en tarifa 6.1A (con una tensión inferior a 30 kV) y 6.1B (con una tensión mayor o igual a 30 kV pero inferior a 36 kV); cambio promovido por el Gobierno para dar una mayor competitividad a todos aquellos consumidores acogidos a la tarifa de acceso 6.1B, con unos menores precios regulados y que, en su caso, podrían llegar a optar a la retribución del servicio de interrumpibilidad, reduciendo con mucho el coste de su factura eléctrica.
  • 6.2: Destinada a niveles de tensión mayores o iguales a 36 kV e inferiores a 72,5 kV.
  • 6.3: Destinada a niveles de tensión mayores o iguales a 72,5 kV e inferiores a 145 kV.
  • 6.4: Para niveles de tensión iguales o superiores a 145 kV.
  • 6.5: Conexiones internacionales.

El horario de los periodos, en potencia y energía, es el que sigue:

Tarifas de acceso 6

Como se puede ver, el horario de los periodos cambia de un mes a otro e, incluso, como sucede con el mes de junio, de una quincena a otra. Los días festivos son los mismos que para la tarifa 3.1 A.

Estas tarifas disponen de un equipo de medida con tele-medida integrada, según el cual se puede acceder a la lectura del suministro electrónicamente por vía remota, y su ciclo de lectura es mensual, coincidiendo la fecha de inicio con el primer día del mes de medición y la fecha fin con el último día del mismo mes. La potencia a facturar depende de los registros horarios y cuarto-horarios que almacena el equipo de medida en un registrador y a los que se pueden acceder mediante la citada tele-medida, que permite a nuestro encargado de lectura, comercializador y al mismo consumidor, descargar estos datos. El mínimo de potencia a pagar es la contratada, teniendo que pagar una penalización importante en caso de excederla.

Dentro de esta tarifa de acceso se suelen encontrar la mayor parte de las grandes industrias y fábricas, así como los servicios auxiliares de grandes centrales de generación, conectadas a la red de transporte.

En todas las tarifas de acceso que hemos tratado, tanto en Baja como en Alta Tensión, los componentes del precio de los mayores periodos (P5-P6 en tarifas 6.X, P3 en 3.1 A ó 3.0 A y P2 en 2.X DHA) son más bajos que los correspondientes a los primeros periodos, por lo que cuanto más consumo se sea capaz de trasladar a esos últimos periodos, mejor. Adicionalmente, los términos regulados de las tarifas de acceso de AT son cada vez más bajos a medida que subimos de nivel de tensión e, incluso, en muchos casos a algunos consumidores con tarifas 3.1 A les interesa contratar en el periodo P6 más de 450 kW, aunque no lo necesite, para optar a contratar una tarifa 6.1A ó 6.1B y obtener ahorros en su factura de luz.

De cara a la contratación de estas tarifas de acceso, existe la posibilidad de ser suministrado por el Comercializador de Referencia de la zona, aunque no es nada aconsejable, ya que nos aplicará un recargo muy, muy elevado. Dado que el consumo de los consumidores que tengan contratado una de las tarifas de acceso de Alta Tensión es muy importante, los comercializadores en libre mercado no suelen publicar los precios que aplican a estos tipos de consumidores en su web y es aconsejable contactar con varios suministradores para pedir una oferta personalizada. Cuantos más datos les demos, mejor podrán ajustar el precio que nos aplicarán, por lo que no debemos ser recelosos con la información que va desde varias facturas, pasando por los datos de la tele-medida, si disponemos de ella, o registros horarios de consumo que abarquen cuantos más meses mejor (conocidos como curvas de carga), para que puedan gestionar sus estrategias de adquisición de energía en el Pool Eléctrico u otros mercados financieros.

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Archivada en: Comprende tu factura de luz Etiquetada con: Facturación, Optimización y Ahorro

Comentarios

  1. JOSE LUIS dice

    18 enero, 2015 en 14:52

    Con esta información, cada dia más, nos acercamos y familiarizamos, con las distintas taeifas existentes: comprenderemos las facturas que nos envian; y cuanto menos, captaremos algo. (GRACIAS)

    Responder
    • Javier dice

      18 enero, 2015 en 15:03

      Buenos días, José Luis.

      Esa es la idea detrás de esta plataforma, hacer más sencillo, en la medida de lo posible, este sector.

      Solo espero que los artículos no sean excesivamente confusos.

      Gracias por tu comentario.

      Responder
      • teresa dice

        10 octubre, 2018 en 10:27

        Muy buenos días,
        mi duda es si resulta mas económico contratar en AT o en BT, es decir para una misma potencia 50kw donde hay posibilidad de llevar línea de Baja tensión y de Alta tensión, sin tener en cuenta los constes de ejecución de una y otra, como resultaría mas económica la energía?

        Responder
  2. LPinalArmas dice

    19 enero, 2015 en 17:14

    Clarificador artículo, como siempre. Gracias Javier!

    Responder
  3. Antonio dice

    19 enero, 2015 en 17:58

    Buenas tardes Javier por tu información acerca de las nuevas formas tarifarias, pero me surge una duda cuando hablas de la perdida de energía al pasar de AT a BJ donde la comercializadora nos va aplicar un 4% sobre la potencia contratada y en el consumo de energía ademas de otro porcentaje dependiendo del transformador a utilizar, mi pregunta es donde vendrá reflejado en factura esos importes. Gracias y un saludo

    Responder
    • Javier dice

      19 enero, 2015 en 20:24

      Buenas tardes, Antonio.

      Lamentablemente, no hay campo como tal definido en los modelos de facturas para indicarlo.

      Si bien, muchos comercializadores lo señalan en algún campo de observaciones que tienen al efecto, dentro de la factura. También podrás comprobar que hay diferencias entre las lecturas y la potencia y energía facturada. Para finalizar, dado que en esos casos el transformador es propiedad del cliente, el propio consumidor sabe de antemano que le van a aplicar pérdidas por medida en Baja Tensión.

      Sea como sea, podemos confirmar este hecho con nuestro suministrador.

      Las otras pérdidas que difieren a las comunes son las pérdidas fijas y evalúan el consumo en vacío del transformador. Son de 0,01 kWh por cada kVA de potencia aparete nominal del transformador, durante cada hora del ciclo de lectura.

      Espero haberte sido de ayuda y gracias por tu comentario.

      Responder
  4. David dice

    19 enero, 2015 en 22:07

    Muy esclarecedor tu artículo, conocía muy poco de la Alta Tensión. Muchas gracias

    Responder
  5. Antonio dice

    27 enero, 2015 en 13:58

    Muchas Gracias Javier por tu aclaración

    Responder
  6. David dice

    6 febrero, 2015 en 18:10

    Buenas tardes Antonio,
    en línea con el comentario de la tarifa 3.1A.
    Tengo una caso real, donde se tiene contratado 200kW y medida desde Baja Tensión. Ahora se proyecta sustituir el transformador y tendría la posibilidad de hacer la medida desde el lado de Alta Tensión. ¿qué beneficio y ventajas tendría?
    Gracias y enhorabuena por tu espacio.

    Responder
    • Javier dice

      8 febrero, 2015 en 23:00

      Buenas tardes, David.

      Con el contador en la parte de Alta Tensión, las pérdidas del transformador ya no se estimarían, sino que se medirían de forma conjunta al resto de consumo.

      Podrían ser superiores al 4% de pérdidas variables más las pérdidas fijas, o inferiores. Si fueran superiores se saldría perdiendo, pero entiendo que serían ligeramente inferiores.

      Se podrían intentar medir las pérdidas del transformador en funcionamiento, con el equipo adecuado.

      Hay que tener en cuenta, también, el coste de la modificación técnica.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

      Responder
  7. cena energii dice

    27 octubre, 2015 en 12:17

    Las familias españolas sufren mucho más el alto coste de la energía que en el resto de Europa.

    Responder
  8. Alfonso dice

    13 noviembre, 2015 en 13:57

    Hola, quería saber como quedó todo lo que se publicó en la circular 3/2014, donde:
    Unificación tarifa 2.0A con la 2.1A
    Desaparecía la 3.1A
    Cambiaban los horarios de los periodos de la tarifa 3.0A (desaparecía periodo punta en fin de semana, y se aumentaba número de horas punta)
    Finalmente, cambiaban los periodos de la tarifa 6.

    Realmente lo único que he visto es la creación de la tarifa 6.1A y 6.1B
    MUCHAS GRACIAS.

    Responder
    • Javier dice

      16 noviembre, 2015 en 9:08

      Buenos días, Alfonso.

      En efecto, únicamente se separó la tarifa 6.1 en 6.1A y 6.1B.

      Un saludo.

      Responder
      • Alfonso dice

        16 noviembre, 2015 en 9:16

        Muchas gracias por tu atención Javier.

        Responder
  9. Carlos dice

    11 enero, 2016 en 21:55

    Hola Javier,
    Enhorabuena por tu web. Me gustaría que me aconsejaras porque estamos perdidos.
    Somos una asociación y nuestra sede está en un edificio que tiene contratada la tarifa 3.1A con potencias de 100 kW – 100 kW – 100 kW.
    Hemos estado viendo los maxímetros de los últimos 2 años y realmente nos sobra con que tuviéramos una potencia contratada de 15,001 kW en los tres periodos.
    Nuestra duda es si podemos solicitar la bajada de potencia contratada de 100 kW a 15,001 kW en cada periodo permaneciendo en la tarifa 3.1A y no vamos a tener ningún tipo de problema ni tampoco que hacer ninguna adaptación de ningún tipo.
    La instalación tiene unos 5 años.
    Mil gracias de antemano.

    Responder
    • Javier dice

      14 enero, 2016 en 9:35

      Buenos días, Carlos.

      La tarifa 3.1 A no tiene por qué tener en ninguno de los periodos una potencia superior a 15 kW, por lo que tal vez incluso podrías reducirla más.

      No obstante, debéis tener en cuenta que en caso de que la aumentéis en el futuro, podríais tener que pagar mucho dinero en concepto de derechos de acometida cuando caduquen los que tenéis actualmente. En caso de que tengáis claro que la demanda futura se encontrará en este nivel durante unos cuantos años más, lo mejor es que bajéis y lo hagáis lo antes posible.

      No sé cómo sería vuestro caso en concreto, pero al ser una bajada, no sería necesario ninguna actuación técnica importante o que requiriera una inversión alta. Mi consejo es que habléis con vuestra comercializadora, le trasladéis vuestra intención y que esta os asesore con los datos reales que conozca y/o que introduzca la solicitud ante el distribuidor y sea este con su rechazo o aceptación el que indique si necesitáis realizar alguna actuación.

      Atentamente.

      Responder
  10. Fran dice

    2 febrero, 2016 en 15:52

    con que tiempo hay que solicitar una subida de potencia contratada en cada uno de los periodos para una tarifa 6.2.

    Responder
    • Javier dice

      3 febrero, 2016 en 19:06

      Buenas tardes, Fran.

      En principio no hay plazo, depende de si hay que hacer o no modificaciones técnicas.

      Un saludo.

      Responder
  11. hugo dice

    22 marzo, 2016 en 16:03

    hola queria haceros una pregunta.
    Tengo una pequeña finca que tiene un pequeño transsformador para cambiar de media a baja tension. Como consumos a parte de las luces del pequeña vivienda se utilizan para regar se utiliza una bomba para sacar agua de un poco.
    Mi pregunta es si puedo contratar una tarifa 2.0 pretendiendo hacer uso de una potencia en torno a 5 a 7 kw.? o si por tener un transformador me condiciona el contratar una potencia mas alta.
    saludos
    hugo

    Responder
    • Javier dice

      22 marzo, 2016 en 19:27

      Buenos días, Hugo.

      Hasta donde yo sé, para hacer eso tendrías que ceder el transformador a la distribuidora y conectarte en la parte de Baja Tensión del mismo.

      Un saludo.

      Responder
  12. Quini Bugarin dice

    16 junio, 2016 en 16:41

    Hola Javier, en primer lugar agradecerles esta fantástica información que nos sirve, a los que empezamos en este negocio, de aprendizaje REAL del mercado.

    En esta línea consultados un caso de hoy. Hemos recogido una factura 3.0A a un cliente y al consultar su contrato la distribuidora nos informa que es AT y por tanto tarifa 3.1A.
    Como es esto posible? No encontramos información al respecto.

    Anticipadas gracias por su respuesta.

    Un saludo,

    Responder
    • Javier dice

      24 junio, 2016 en 16:34

      Buenas tardes, Quini.

      Es un tanto extraño… Si no te importa, ruego por favor me envíes la factura a Javier@mifacturadeluz.com e indago sobre el tema. No tengas ningún problema en borrar la información del titular pero, por favor, deja el CUPS visible.

      Gracias.

      Responder
  13. Álvaro Burgos dice

    11 noviembre, 2016 en 11:56

    Hola Javier.

    Lo primero, muchas gracias por este artículo, lo dejas todo bastante claro.

    La única duda que me queda es la siguiente: ¿Desde cuándo se aplican estos calendarios? Es que mirando algunos BOEs he visto que, al menos en las tarifas 6.X, hay como dos grupos de “tipos” de temporadas: uno en el que sólo se separaba en Temporada baja, media y alta (con los meses bastante bien cuadrados en ellas) y otro, que es el que tú describes aquí, que incluye quincenas y es todo un poco más caótico. ¿Cuál de esos grupos son las que se están aplicando en 2016?

    Muchas gracias, Javier!
    Un saludo.

    Responder
    • Javier dice

      25 noviembre, 2016 en 22:04

      Buenas, Álvaro.

      El que indico en el artículo. Pueden ser similares los que indicas, el cuadro se obtiene a través de clasificación de temporadas, tipos de día, etc.

      Gracias.

      Responder
  14. Ismael dice

    17 mayo, 2017 en 10:00

    Buenos días Javier,

    Tengo la siguiente duda y me gustaría saber si sería tan amable de resolverla.
    Respecto a las tarifas 3.0A y 3.1A, ¿en qué documento oficial aparece la diferencia de horarios de los periodos? He visto que en la página web del OMIE aparece así reflejado; sin embargo, no encuentro la normativa pertinente (Real Decreto u Orden Ministerial).

    Muchas gracias por adelantado.

    Un saludo,

    Ismael

    Responder
    • Javier dice

      23 mayo, 2017 en 23:50

      Buenos días, Ismael.

      Si no voy errado, creo recordar que el horario actual de la 3.0 A lo tienes en la Orden ITC/2794/2007 y el de la 3.1 A en la Orden ITC/3801/2008.

      Un saludo, Javier.

      Responder
  15. Leo dice

    23 mayo, 2017 en 19:47

    Buenas tardes javier!! Tengo una pequeña finca que coge electricidad de un transformador de 25 kv(propiedad de un vecino cercano)Mi potencia acordada con el propietario del C.T es 3800w.Me llaman de iberdrola para ofrecerme un cambio de contrato…pasando de tarifa 2.0 a 3.1A porque segun ellos no es correcta y tenemos que cambiarnos de baja a media tension.Esto me supone mas de 100 euros bimensuales!! Y ni siquiera soybel dueño del transformador!! Que puedo hacer?

    Responder
    • Javier dice

      23 mayo, 2017 en 23:54

      Hola, Leo.

      Es una situación muy extraña, intento obtener más información. En cualquier caso, es quizá todavía más extraño que la compañía (en caso de que fuese la distribuidora) te llamase para ofrecerte un cambio de contrato. Podrías proporcionarme más información sobre este punto?

      Gracias, Javier.

      Responder
  16. Miguel Angel dice

    18 junio, 2017 en 0:48

    Hola y gracias por una informacion tan útil. Tendría una consulta, que la verdad me lleva de cabeza. En la tarifa 3.1. Como sabe el contador que días son festivos nacionales y cuales no?
    ¿Como se graban esos días festivos nacionales en el maximetro?
    Se graba cada cierre con una curva horaria por días? ¿Esa información la tiene solo la distribuidora, o puedo acceder al ella?
    Lo digo porque tengo un exceso de potencia en p4 (punta verano) y yo pienso que debe ser por el 1 de mayo que fue festivo nacional (luego P3 o p6)

    Responder
    • Javier dice

      22 junio, 2017 en 20:34

      Tienen en cuenta el tipo de día (diario o fin de semana y también si es un festivo de ámbito nacional no sustituible y con fecha fija).

      Algunos distribuidores utilizan el integrador 4, que no debería existir nunca en una 3.1 A, para informar de la medida del periodo P1 en horario de verano. En este caso, el intergrador 1 debería venir a 0 salvo que sea alguno de los dos meses de cambio de hora.

      Atentamente.

      Responder
  17. Miguel Angel dice

    18 junio, 2017 en 0:58

    Hola de nuevo. Otra duda: los contadores de tarifas domésticason parecen tener un margen algo amplio para detectar excesos de potencia, a la vez que tines que estar demandando esa potencia durante minutos. ….Incluso 8 o 10 minutos.
    Sin embargo en la 3.1. Con unos segundos parece bastar para que detecte el exceso de potencia, y no parte de la requerida, sino toda ella.
    ¿Tan poco margen tienen? ¿o ninguno?

    Responder
    • Javier dice

      22 junio, 2017 en 20:37

      En consumidores domésticos, habitualmente, no se facturan excesos de potencia, porque los dispositivos controlan la potencia cortando el suministro cuando se excede. Hay unos rangos de tolerancia. Es decir, se puede superar la potencia contratada durante minutos, o incluso decenas de minutos, dependiendo de la cantidad que se exceda.

      En equipos de medida con maxímetro, estos integran la demanda de potencia en periodos de 15 minutos. Es decir, si usted demandase 50 kW durante 7,5 minutos y 20 kW durante los otros 7,5 minutos, el maxímetro registraría 35 kW.

      Un saludo.

      Responder
      • Miguel Angel dice

        1 julio, 2017 en 13:35

        Muchas gracias por la respuesta. Por lo que me comenta parece no haber margen alguno, y la potencia demanda se registra de inmediato ¿verdad?

        Si la instalación registra 1kw o menos de consumo durante ese periodo de 15 minutos, y durante 10 segundo registra 40 kw… ¿cómo se refleja eso en el maxímetro?

        Perdón por mi escaso conocimiento en matemáticas, pero cómo puedo averiguar lo que marcará el maxímetro en ese cuanto de hora?

        Por otro lado, ¿tiene la Distribuidora recursos para decirme en qué momento se produjo ese exceso de potencia?

        Responder
        • Javier dice

          3 julio, 2017 en 9:16

          En ese cuarto de hora se deberían registrar 1,43 kW. 1 kW en 890 segundos y 40 kW en 10 segundos.

          El contador registrará periodos de quince minutos. Se podría saber ese cuarto de hora, pero no el momento exacto.

          Un saludo.

          Responder
          • Miguel Angel dice

            3 julio, 2017 en 23:36

            Muchas gracias por la pronta respuesta. Para que me quede claro el tema de los excesos de potencia en maxímetro:
            ¿los 40kw de potencia demandada en esos 10 segundos quedarían registrados y serían penalizados si la potencia contratada fuera menor?

            ¿O lo que quedaría registrado en maxímetro para ese periodo de 15 minutos sería sólo los 1,43 kw?

            Muchas gracias.

            Responder
            • Javier dice

              5 julio, 2017 en 15:57

              Se registraría una potencia medida de 1,43 kW. Si en todos los cuartos de hora del periodo correspondiente para el ciclo de medida establecido, el máximo medido fuera de 1,43 kW, solo se penalizaría si superase un 105% de la potencia contratada en ese periodo en tarifas 3.0 A y 3.1 A o la potencia contratada en tarifas 6.X.

              Un saludo.

              Responder
          • Miguel Angel dice

            9 agosto, 2017 en 18:03

            Hola de nuevo, muchas gracias por arrojar luz sobre temas tan complejos.
            ¿Puede decirme como se calcula que la potencia registrada en ese cuarto de hora será 1, 43 kw? Gracias.

            Responder
            • Javier dice

              10 agosto, 2017 en 23:27

              Integrando la potencia dentro de esos 15 minutos. Atentamente, Javier.

              Responder
  18. Miguel Angel dice

    1 julio, 2017 en 14:21

    Hola de nuevo, ahora mi consulta va sobre reactiva. Tengo un transformador en propiedad en el que, aunque tengo instalado un variador, se me registran en la factura de la luz pequeñas penalizaciones de reactiva en P1 y P2, que es donde se cobran. El P3 no lo cuento.

    ¿Desde qué margen se aplica penalización en reactiva? ¿Qué proporción tiene que haber entre una y otra para que la segunda aparezca en factura?
    Sinceramente no entiendo esa ininteligible formula de cosenos para averiguar las penalizaciones por reactiva. Muchas gracias por su amabilidad.

    Responder
    • Javier dice

      3 julio, 2017 en 9:16

      La reactiva penalizable es toda aquella reactiva existente que supere el 33% de la energía activa para ese periodo o integrador.

      A su vez, según cuál sea el factor de potencia, el término a cobrar será uno u otro.

      Atentamente.

      Responder
  19. Jose Luis Martin dice

    22 agosto, 2017 en 0:07

    Buenas noches.Tenemos una finca con pequeño merendero donde históricamente desde que la heredamos hay un transformador propio y un contrato en baja tensión .La potencia contratada es 13,2 y en la factura apenas 30€ son de consumo siendo más de 100€ los fijos bimensuales
    Ahora acabamos de recibir carta de Iberdrola en que nos cambian el contrato de baja a alta y eso supone pasar a 150 € de fijos mensuales.
    Nos queda alguna opción?

    Responder
    • Javier dice

      22 agosto, 2017 en 20:32

      Buenas tardes, Jose Luis.

      Me podría enviar el documento escaneado a javier@mifacturadeluz.com¿?

      Atentamente, Javier.

      Responder
  20. Pablo de la Maza Escobar dice

    24 octubre, 2017 en 6:09

    Es posible al construir un edidfio que este cuente con energia de alta tensión desde sus inicios, es decir al colocar lo empalmes y comprar el primer propietario (constructora, inmbiliaria,etc.) el transformador .

    por otro lado donde puedo conseguir los valeres para las diistintas tarifas BT1 BT2 AT2 etc en meses en un periodo comparativo de al menos un año.
    Desde ya Muchas gracias

    Pablo

    Responder
  21. Pablo de la Maza Escobar dice

    24 octubre, 2017 en 6:21

    Perdonen si me equivoque pero mi consulta va dirigida a la construccion en Chile y sus valores acá.
    dadoque vi valores en euros.

    Gracias de nuevo
    Pablo dlm

    Responder
  22. adolfo fernandez vazquez dice

    22 noviembre, 2017 en 14:14

    Buenas tardes.
    Vivimos en el campo y hemos hecho una línea de media tensión de 1300m y tenemos nuestro propio transformador. Intentamos contratar la tarifa 3.1A y nos pide la comercializadora la puesta en marcha por industria que la tenemos desde 2016, el recibo de haber pagado el punto de conexión que esta hecho desde junio 2017 y tengo el Boletín de baja tensión realizado por mi perito en el que puedo contratar hasta 17.35kw. El problema es que ahora me piden un boletín de media tensión y mi perito me dice que eso no existe. Nosotros vivimos en villanueva de la concepción, Málaga. Le agradecería que me pudiera aclarar esta cuestión. Muchas gracias y enhorabuena por esta gran página.

    Responder
  23. Aliz dice

    1 marzo, 2018 en 12:43

    Hola,

    muy buena entrada donde las tarifas se explican de forma amena y accesible. ¿Podría facilitarme el boletín oficial donde se definen los periodos horarios actualizados, en concreto, para Canarias? No lo encuentro por ningún lado. Se lo agradecería mucho. Saludos.

    Responder

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